lunes, 20 de noviembre de 2006

Adopción en Rumania

Viernes, 7 de Julio de 2006
La Eurocámara pide a Rumanía que reanude las adopciones.
.- Cerca de cuatrocientos diputados del Parlamento Europeo suscribieron ayer una declaración sobre las adopciones internacionales en Rumanía para que «se reanude el examen de los expedientes en suspenso y autoricen las adopciones internacionales cuando sea adecuado».La Eurocámara ya instó a las autoridades rumanas a dar «una solución a las solicitudes de adopción internacional presentadas durante la moratoria de junio del 2001» en la resolución sobre el grado de adhesión de este país para su entrada en la UE, aprobada el pasado 14 de junio. La declaración, para la que todavía se están recogiendo firmas, lamenta la «brutal» interrupción del examen de miles de expedientes de adopción tras aprobarse, en enero del 2005, una ley sobre protección de la infancia, aplicada con efecto retroactivo a partir del 1 de diciembre del 2000.

La nueva ley de derecho civil en Galicia

La Adopción
El Titulo II se lo dedica a la adopción, a destacar la regulación de la adopción conjunta de los cónyuges, en cuyo caso solo es necesario que uno de ellos tenga los 25 años requeridos para poder ser adoptante. La adopción se constituye por resolución judicial, teniendo siempre en cuenta el interés preferente del adoptando y la idoneidad de los adoptantes. En determinados supuestos es posible constituir una adopción aún tras el fallecimiento del adoptante, siempre que con anterioridad hubiese prestado su consentimiento ante el Juez, con efectos retroactivos al momento en que se presta ese consentimiento. Estos supuestos son cuatro de los cinco en los que no es necesario la propuesta previa de la entidad publica, que son: ser el adoptando huérfano o pariente del adoptante en tercer grado por consanguinidad do afinidad, ser hijo o hija del consorte de adoptante, llevar mas de un años en acogimiento familiar preadoptivo por el adoptante y llevar mas de un año bajo la tutela del adoptante.
Enlaces de interes:
http://noticias.juridicas.com/articulos/45-Derecho%20Civil/200606-585597510631571.html

http://www.boe.es/boe/dias/2006/08/11/pdfs/A30073-30100.pdf

Comunicado de la Ecai Agai

A.G.A.I. ANTE LOS PROBLEMAS DE ADOPCIÓN EN GALICIA
China, para la tramitación de una adopción en su país, contemplaba la edad mínima de 30 años y no ponía impedimentos con personas de edad elevada. La administración española respetaba estos criterios, como respeta las condiciones que estipula cada país en materia de adopción. Hoy en día, la edad máxima para poder adoptar en China está en los 55 años, siguiendo los 30 años como edad mínima.
De un tiempo a esta parte, la Administración galega adoptó un cambio en relación con la edad máxima para la adopción en China, aplicando la diferencia de edad de 40 años entre padres e hijos; este requisito, que está contemplado por ley para la Adopción Nacional, no lo está para este país. Esta situación supone un endurecimiento muy importante, impidiendo que puedan acceder a la adopción internacional, y en concreto con este país, a muchas familias gallegas; además es un agravio comparativo con las demás CC.AA. que no se rigen por esta norma. En Cataluña respetan el criterio de China y en otras comunidades llegan hasta los 50 años, como en la Comunidad de Madrid.
Estamos recibiendo diversas quejas y protestas. Unas porque a pesar de superar en poco los 40 años, se les deniega la idoneidad, o se les anticipa antes de comenzar el proceso, sobre la negativa en la idoneidad si lo solicitan con ese país; lo curioso es que sí le aceptan la idoneidad para un bebé si lo solicitan con otro país, en concreto con Etiopía, como sucedió en algún caso. A otras familias se les dá la idoneidad y se les amenaza, de que en caso de que China le asigne un niño o niña menor a lo determinado por la Consellería, se les va a denegar la adjudicación de esa menor; incluso a alguna familia le plantearon la firma de una carta, renunciando “voluntariamente” a la asignación de la niña/o, si esto sucede.
A.G.A.I. piensa que debe prevalecer el criterio del país adoptante y del mismo modo, que la Administración acata las normas de otros países en el tema de adopción, también debe respetar el criterio de China en esta materia. Deben trabajar de forma conjunta, con los mismos criterios todas las CC.AA.
Consideramos que la diferencia de edad resulta infundado, exagerado y obsoleto. Vivimos en una sociedad en la cual hoy en día, las personas se plantean la maternidad o paternidad cada vez mas tarde; una vez que tienen su trabajo y su economía mas estable; también los avances en medicina, a través de reproducciones asistidas, han permitido la maternidad a unas edades inimaginables hace pocos años. No tiene sentido, que la Administración en materia de adopción, siga teniendo esos criterios que no van acorde con los avances de la sociedad, y sí tendría que adaptarse a ellos.
La Consellería debe velar por el bienestar de esos niños y niñas que no tienen un hogar y unas condiciones de cariño y atenciones, que sí se las pueden proporcionar todas las personas tan deseosas de querer hacerlo. Debe defender el derecho, reconocido universalmente, de que todos los niños tengan una familia, de priorizar el derecho del menor a tener una vida digna y un futuro como el resto de los niños y niñas, que han tenido la suerte de nacer en otras circunstancias.
Sabemos la triste situación de miles y miles de niños, y fundamentalmente de niñas, que cada año son abandonadas en China. Estando la demanda de adopciones muy por debajo de tantos abandonos, no entendemos como se puede ser tan estrictos con el tema de la edad, tema que consideramos secundario y que lleva a permitir que permanezcan en los orfanatos a tantos niños y niñas enormemente deseados. Sí entendemos que se sea riguroso al analizar la idoneidad de esos futuros padres, para conseguir que esos menores que han sufrido tanto, tengan un definitivamente un hogar feliz. Consideramos que no es conveniente ni necesario buscar familias “ideales” sino familias aptas o idóneas.
Desde la constitución de la Asociación, A.G.A.I., venimos planteando en la Consellería este tema junto con otros; como el que haya una planificación del trabajo, unificación de criterios y una misma información para toda la comunidad autonómica. No dejamos una sola reunión sin plantear estos temas no menos importantes.
Consideramos que todo lo que conlleve a una limitación, lentitud o trabas en el proceso de adopción, conlleva el seguir luchando por el avance y mejora de la situación. Seguiremos en la dinámica de conseguir que la Administración se vaya adaptando a los nuevos tiempos, mostrando sensibilidad precisamente en el área en que es tan necesaria, para beneficio de los menores tan necesitados y las familias tan deseosas de tenerlos.
Un saludo.
A.G.A.I.

Carta remitida a los informativos de Tele5

ADOPCIONES EN ETIOPÍA Escribo desde Santiago de Compostela y quería poneros al tanto de una situación absolutamente injusta en la que nos hemos visto envueltos más de un centenar de familias gallegas. Estamos en proceso de adopción de un niño etiope, y lo llevamos a través de la Ecai ADDIS GALICIA. Desde hace dos meses nos encontramos en una situación de bloqueo en la tramitación de los expedientes que no entendemos y ello por culpa –literalmente- de la dejadez o falta de decisión del Gobierno estatal. Resulta que el Gobierno etíope decidió el 11 de abril paralizar la tramitación de los expedientes de adopción que se realizaran por libre, es decir, sin mediación de ninguna Ecai ante la sospecha de la actuación poco ética de algunos representantes que llevaban estos expedientes. Como consecuencia indirecta de esta decisión, los expedientes tramitados a través de entidades como ADDIS que todavía no están acreditadas en Etiopía aunque ya lo estén en España, se vieron afectados. El Ministerio de Asuntos Sociales etíope, consciente de que su decisión afectaría a tantas familias que llevaban su expediente a través de entidades como ADDIS GALICIA, decretó que con una simple carta de la Embajada de España en Etiopía en la que se avalara la actuación de estas entidades (ADDIS GALICIA entre ellas) y un compromiso de envío de informes de seguimiento de los menores adoptados, era suficiente para que los expedientes pudieran seguir su cauce. Pues resulta que han pasado dos meses y el Gobierno español todavía no ha emitido dicha carta de aval. El representante de Addis Galicia en Etiopía mantiene reuniones constantes con las Autoridades etíopes que expresan su extrañeza ante la falta de respuesta del Gobierno español. ¿Os podéis imaginar la angustia que esto nos esta causando a las familias? ¿Cómo puede ser que se paralicen las adopciones como consecuencia de una dejadez de sus funciones por parte de un Gobierno del primer mundo como es el español? Como sabréis, Etiopía es el país mas pobre de África. La mortandad infantil es del 104%!!! Es decir que por cada día que pasa sin que la situación se resuelva, les estamos quitando a muchos niños la posibilidad de no ya de darle una vida mejor sino de sobrevivir. ¿Es que el Gobierno español no se siente sensibilizado con esta cruda realidad? ¿Qué podemos esperar de nuestros políticos que no son capaces de solventar una situación que en principio tendría una solución bien sencilla? Etiopía es un país pobre pero sus autoridades si se preocupan de sus menores, es por ello que con esta decisión han querido acabar con aquellas adopciones que se tramitaban por libre a través de representantes poco éticos. Tengo que decir, que ante la desidia del Gobierno español, la directora xeral de Familia de la Xunta de Galicia, tomo la decisión de enviar una carta de aval a favor de ADDIS GALICIA al M. de Asuntos Sociales etíope. Esto fue la semana pasada y todavía no sabemos si ya ha hecho efecto. Anabel Alvarez

Contenidos de un informe de Ideonidad

(1) El informe psico-social incluirá lo siguiente:
(a) Reunión y entrevista. El número de ocasiones, la hora, el lugar y el método con que al asistente social entrevista a los solicitantes de adopción. El asistente social debe realizar charlas, reuniones y entrevistas cara a cara con los solicitantes de adopción. El número de reuniones no será menor de cuatro (incluyendo la visita domiciliaria)
(b) Motivación de la adopción La razón por la cual los solicitantes toman la decisión de adoptar y su decisión por la adopción internacional en .... su entendimiento de la adopción internacional, el riesgo potencial y retraso en la futura adopción del niño y el entendimiento y preparación mental ante la inadaptabilidad del niño que pueda surgir posteriormente;
(c) Ambiente familiar/breve introducción a los individuos. Educación recibida por los solicitantes de adopción, su experiencia laboral, intereses, hobbies, religión, actividades de tiempo libre y su relación con padres y hermanos, etc.
(d) Estado civil. Una pareja que adopta en conjunto deberá dar sus opiniones el uno del otro, su actitud hacia el matrimonio, método para resolver problemas del matrimonio y grado de satisfacción con su matrimonio; los adoptantes solteros darán su opinión de su estado de soltería, si se casarán en el futuro, y la actitud que adoptarán hacia sus niños adoptados después del futuro matrimonio; los divorciados manifestarán las causas y momentos de terminar sus relaciones de matrimonios anteriores.
(e) Hijos. Si los adoptantes tienen hijos legítimos, hijos nacidos fuera del matrimonio e hijos adoptados, manifestarán explícitamente el sexo, edad, intereses y educación de los niños; se mencionará si los hijos nacidos en matrimonio anterior han vivido con los solicitantes de adopción; los hijos de diez o más años que viven con los solicitantes de adopción manifestarán claramente sus opiniones sobre el hecho de que su(s) padre(s) adopte(n) un niño.
(f) Estado de salud. Si los adoptantes han sufrido alguna enfermedad mental o psicológica y si estas condiciones constituirán elementos desfavorables para la educación del niño. El estado de salud de los solicitantes de adopción será idéntico al del Certificado médico e informe médico suministrados específicamente por el médico. El asistente social que prepara el informe psico-social evaluará el estado de salud de los solicitantes de adopción para determinar si son aptos para la adopción
(g) Situación económica familiar. Los ingresos y gastos de los adoptantes, por ejemplo, los ingresos anuales, otros ingresos de inversiones, bienes familiares, deudas, gastos de manutención, la situación de balance entre ingresos y gastos serán descritos en los recursos familiares. El asistente social que prepara el informe psico-social hará una evaluación concienzuda de la capacidad económica de los solicitantes de adopción.
(h) Si hay una historia de abuso o violencia o antecedentes criminales. Incluye si el solicitante de adopción tiene alguna historia de alcoholismo, drogadicción, abuso de cualquier sustancia, violencia doméstica, abuso sexual, abuso infantil, etc. (incluso si no ha habido ninguna detención o sentencia a causa del comportamiento mencionado anteriormente), si hay algunos antecedentes penales (incluso detención y sentencia), si hay algún castigo y si hay señales de arrepentimiento y corrección tras el castigo. El asistente social que prepara el informe psico-social hará una evaluación de si el/la solicitante de adopción es apto/a para adoptar.
(i) Condiciones de vida. La situación actual de residencia de los solicitantes de adopción, la superficie de su hogar y el ambiente en la comunidad; la institución educativa, servicios médicos e instalaciones de servicio público, etc., especialmente la actitud de la comunidad hacia niños extranjeros de distintas nacionalidades. La descripción del hogar debe incluir la evaluación de las condiciones de vida adecuadas para el niño y debe determinar si la zona de la vivienda cumple con los requisitos del gobierno local (si los hubiera).
(j) Plan de paternidad. La interacción entre los adoptantes y el niño, su experiencia educativa, maneras y medios de cuidar al niño adoptado; los solicitantes de adopción que piensan adoptar niños con necesidades especiales o niños mayores manifestarán claramente su preparación mental y deseo por la adopción y su capacidad adecuada para ser padres de este tipo de niños. El asistente social que prepara el informe psico-social deberá evaluar si los solicitantes de adopción son aptos para la adopción de este tipo de niños en vista de su plan de paternidad.
(k) La situación de las personas que viven juntas o de cohabitantes que no son miembros de la familia. Los solicitantes de adopción (marido y mujer o solteros) que cohabitan con personas que no son miembros de la familia manifestarán su relación entre ellos y la razón de la cohabitación.
(l) Tutoría/compromiso de educación. Si los solicitantes de adopción sufriesen un accidente o muerte prematura, quién será designado como el tutor del niño, su edad, profesión, estado civil, si tiene hijos, salud, situación económica, serán mencionados, y el asistente social que prepara el informe psico-social evaluará si el tutor designado es apto para la tutoría del niño. El tutor designado por el solicitante de adopción soltero debe declarar por escrito que da su consentimiento de tutoría del niño adoptado.
(m) Si los solicitantes de adopción han sido rechazados o motivo de un informe psico-social desfavorable previo a una adopción. Incluye si los solicitantes de adopción han sido rechazados como futuros padres adoptivos o han recibido un informe psico-social desfavorable. Si han sido rechazados anteriormente o han recibido un informe psico-social desfavorable, se darán las razones del rechazo y se adjuntará el informe desfavorable
(n) Evaluación y recomendación. El asistente social hará una evaluación global de si los solicitantes de adopción son aptos para adoptar un niño y hará propuestas de la edad del niño y su estado de salud.

Actividades de la asociación

Actualmente nos encontramos en al final del proceso de legalización como tal. Pero hasta día de hoy, 20-11-2006:

1) Hemos realizado una asamblea donde se marcaron nuestro objetivos recogidos a posteriori en los estatutos.
2) Estamos dandonos a conocer a los medios de comunicación
3) Además nos estamos presentando a todos los partidos políticos de trabajan en la Comunidad Gallega
4) Estamos recogiendo información para elaborar una biblioteca amplia sobre adopción.
5) Hemos solicitado una entrevista con le Delegado de Vicepresidencia de la Provincia de Pontevedra
6) A día de hoy, ha tenido entrada en el Concello de Vigo, un escrito de solicitud de entrevista con el concejal de Bienestar social de dicha entidad.
7) Se ha elaborado un escrito de reposición por la via administrativa contra un informe emitido por dicha Conselleria de Vicepresidencia
8) Asesoramos en un proceso de denuncia por la via jucicial contra la Consellería de Vicepresidencia.
9) Estamos remitiendo escritos de presentación a todos los entes públicos gallegos

En breve, pretendemos tener una página web más elaborada y direcciones a donde dirigirse.

Nacimiento de la Asociación Pequerrechiños

Esta asociación nace en el mes de octubre del 2006, como resultado de la reunión de varias familias que estaban sumergidas en un proceso de adopción tanto nacional como internacional.
La situación de los procesos de adopción de niños en Galicia está resultando muy gravosa para las familias, que amenudo se encuentran indefensas ante lo arduo del propio proceso en si mismo, las Administraciones y los intermediarios.
En este primer contacto de familias nos encontramos con situaciones dificiles de explicar, salvo porque son debidas a una mala gestión administrativa. Pero si algo hemos tenido en cuenta es que los culpables no son ni la familia ni los niños.
Entre las irregularidades más graves de las que tenemos conocimiento encontramos:
-Denegación de ideonidades sin base real, es más, contradicción entre equipos de valoración de la Xunta de Galicia.
-Contradicción entre Administraciones, ideonidad judicial y informe psico-social negativo. Ambas documentaciones son recibidas en el país de origen.
-En matrimonios mixtos, entre un español y un extranjero, que residen en España, la legalización de las partidas de nacimiento para el miembro de la pareja extranjera esta ocasionando retrasos en el proceso.
-Períodos excesivamente largos para la obtención de los CI.
- Por parte de la administración existe un claro rechazo a los expedientes de familias que no tramiten a través de ECAIS.
- La Vipresidencia de Anxo Quintana admité que la mayor parte de los expedientes están sin informatizar, "debido a una mala gestión de la Administración anterior", lo que genera errores y retrasos continuados.
- Para acelerar los procesos de obtención del CI, la Consellería amplió los equipos de valoración, contratando a nuevo personal por el método de listas. Sin entrar a valorar el método de selección, es evidente, que por parte de la Administración no se da la formación adecuada, y aunque a principios del mes de noviembre se realizó un curso para homogenizar los baremos del CI, los técnicos emiten informes poco técnicos y no se apoyan en ninguna otra prueba de valoración que la entrevista, como se viene haciendo en otras comunidades.
-Prueba de la poca formación específica de los técnicos de Vicepresidencia, es la información que transmiten, que es errónea y obsolecta. Este hecho esta provocando graves consecuencias a las familias adoptantes. En el listado de Ecais que Vicepresidencia presenta como colaboradoras, nos encontramos con algunas que no tramitan expedientes provinientes de la comunidad Gallega, Ecais que no están acreditadas, alguna Ecai bajo sospecha de soborno, Ecais que cambiaron de país de tramitación o de dirección física.
-Además las familias tienen problemas para acceder a sus propios expedientes ya que la documentación original es remitida a la ECAI. La ecai Adecop, ha sido desacreditada en Rusia y Bolivia, las familias que a través de esta entidad tenían la documentación presentada en el país, han perdido totalmente su expediente, y muchos se ven obligados a comenzar de nuevo.
-Tampoco existe un seguimiento por parte de la Administración del trabajo realizado por las ECAIS, así nos encontramos que desde la Consellería de Vicepresidencia se siga recomendando a Adecop como entidad acreditada en Rusia y Bolivia.
Por todo ello y con el fin de proteger al menor, apoyando a las futuras familias, nació la Asociación Pequerrechiños, cuyos fines sociales recogidos en sus estatutos son los siguientes:
1) Facilitar a las familias adoptantes todo tipo de información, apoyo y asesoramiento sobre el proceso de adopción.
2)Facilitar la relación entre las familias adoptantes y organizar encuentros entre ellas.
3) Realizar y organizar debates, charlas, jornadas y actos culturales relacionados con la adopción.
4)Velar por los derechos de los menores adoptados y las familias adoptantes.
5)Cooperar en la mejora del proceso de adopción.
6)Velar porque se transmita a la sociedad, desde todos los ámbitos, una correcta imagen de la adopción y su problemática.
7)Suscribir convenios, acuerdos o cualquier tipo de colaboración y cooperación con administraciones, organismos y instituciones públicas y privadas en ayuda de la infancia desprotegida.